Esimprescindible que padres e hijo paguen al vendedor el precio del derecho que cada uno adquiere. El coste fiscal es el mismo que si son sólo los padres los que compran el piso y el único inconveniente es que si se quiere vender el piso, tienen que estar de acuerdo padres e hijo. Y siempre nos queda la solución clásica: que los
Vendertu parte de la herencia. La herencia ya se aceptó y los inmuebles están a nombre de los hermanos. La herencia está aún por arreglar. Uno o varios herederos se niegan a firmar. En el primer caso se trata de un asunto puramente inmobiliario (venta de cuota o de pro indiviso) En el segundo, se trata de venta de derechos hereditarios.
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